(Del ing. minijob).
1. m. Tipo de contrato que se caracteriza por la explotación de mano de obra precaria y muy barata, justificado por la patronal como "mal menor" que permite la reducción del paro.*
2. m. Tipo de contrato que, si bien puede contribuir al ahorro de costes y a aumentar la flexibilidad para las empresas, también puede generar problemas como el incremento de la desigualdad o la precarización.**
3. m. Término de reciente creación para referirse eufemísticamente al tradicional contrato a tiempo parcial existente en España, el cual no presenta límite inferior para la duración de la jornada de trabajo.***
[*] "Los 'minijobs', una fórmula más para precarizar el empleo". Público, 18 de febrero de 2011.
[**] "'Miniempleos': no es oro todo lo que reluce". El País, 6 de enero de 2012.
[***] "Lo que podría incluir la 2ª reforma laboral del PP ya anunciada". Laboro, 2 de diciembre de 2013.
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